miércoles, 3 de julio de 2019

La ESMA deja de renovar la prohibición de las opciones binarias, el AMF las hace permanentes

La decisión se explica por las prohibiciones nacionales aplicadas por la mayoría de las autoridades nacionales competentes.

La Autoridad Europea del Mercado de Valores (ESMA), la Autoridad Europea de Regulación del Mercado de Valores, ha anunciado que no renovará la prohibición temporal de la comercialización, distribución o venta de opciones binarias a inversores particulares en la Unión Europea (UE), que debería haberse aplicado hace tiempo.

Varias autoridades nacionales competentes (ANC), como BaFin, indicaron anteriormente que mantendrían la prohibición nacional de las opciones binarias, ya que la ESMA no renovó las medidas temporales.

La ESMA ha emitido recientemente una serie de dictámenes positivos sobre la prohibición de las opciones binarias introducida por muchas ANC. Entre los últimos reguladores que han recibido una opinión tan positiva, Chipre es un ejemplo (importante).

La ESMA ha adoptado medidas de intervención sobre las opciones binarias, imponiendo una prohibición temporal de su comercialización, distribución o venta en decisiones (UE) 2018/795, (UE) 2018/1466, (UE) 2018/2064 y (UE) 2019/509. Si no se renueva la prohibición temporal, la medida actualmente aplicable en la Decisión ESMA 2019/509 de la ESMA (UE) expirará automáticamente al final del día el 1 de julio de 2019.

Dado que la mayoría de las autoridades nacionales competentes (ANC) han adoptado medidas de intervención permanentes sobre los productos nacionales en relación con las opciones binarias que son al menos tan estrictas como la medida de la ESMA, la ESMA no renovará su prohibición temporal, según el organismo regulador.

La ESMA seguirá supervisando las actividades relacionadas con estos y otros productos especulativos afines para determinar si son necesarias nuevas medidas a escala de la UE.

Tenemos curiosidad por ver cómo trataría la ESMA sus medidas de intervención sobre los productos, dado que estas restricciones han generado una reacción bastante controvertida. CySEC se atrevió a cuestionar el enfoque de la ESMA para determinar si un comerciante es un inversor individual. Debe recordarse que la autoridad reguladora chipriota ha propuesto distintos límites máximos de apalancamiento para distintos tipos de inversores. La ESMA tal vez debería considerar la posibilidad de perfeccionar su enfoque para regular la negociación de CFDs.

La AMF prohíbe la venta de opciones binarias


La Autorité des Marchés Financiers (AMF) de Francia ha decidido seguir el ejemplo de la ESMA prohibiendo la venta de opciones binarias a clientes minoristas. El regulador también ha ampliado su restricción sobre la promoción de contratos por diferencia (CFDs) a inversores no profesionales.

Estas medidas se aplican a las empresas de inversión y a los corredores establecidos en Francia, así como a los que operan en el país desde otro Estado miembro de la UE en el marco del sistema de pasaportes de la UE. Las restricciones nacionales francesas reflejan las medidas temporales de la ESMA actualmente en vigor en toda la Unión.

Este enfoque de la AMF no es sorprendente, ya que el regulador ha sido proactivo en estos productos financieros de riesgo. La decisión también refleja la decisión de la autoridad de supervisión financiera del Reino Unido, que ya ha prohibido permanentemente la venta de opciones binarias a inversores particulares.

La autoridad supervisora francesa ha impuesto restricciones permanentes sobre los CFDs y las opciones binarias, mientras que cada miembro de la UE tiene derecho a aplicar sus propias normas adaptadas a sus mercados nacionales.

La directiva también exige protección contra los saldos negativos, evitando así una nueva debacle tras la caída del franco suizo en 2015. Por último, las normas prohíben las primas y otros incentivos para fomentar el comercio.

La decisión incluye la renovación de los límites de apalancamiento, que varían en función de la volatilidad de cada clase de activos:

30:1 para los principales pares de divisas;
20:1 para los pares de divisas no principales, el oro y los principales índices;
10:1 para las materias primas distintas del oro y los índices bursátiles no principales;
5:1 para acciones individuales y otros valores de referencia;
2:1 Para las criptomonas.